quinta, 04 março 2021

Las nuevas normas para la realización de las llamadas “juntas médicas” en Portugal

VolverLas “Juntas Médicas”, llamadas en España “Equipos de Valoración de Incapacidades” (EVIs), son esenciales para varias funciones en la sociedad portuguesa, concretamente en el contexto de la concesión de ayudas económicas a personas con enfermedades graves e incapacitantes. Desde el inicio de la epidemia de Covid-19, la actividad de los consejos médicos se ha visto comprometida porque los profesionales sanitarios que realizaban este tipo de actividad fueron movilizados para luchar contra la pandemia, lo que supuso que, desde el inicio de este periodo, las “juntas médicas” estuvieran "suspendidas".

Cabe recordar que las “juntas médicas”, además de permitir que los pacientes con enfermedades incapacitantes accedan a las prestaciones que ofrece el Estado, también son relevantes en numerosos casos de activación de los contratos de seguro de vida, ya que las condiciones generales de las pólizas exigen ese documento para que se active el contrato de seguro. Por lo tanto, para que se activen los contratos de seguro, es frecuente que se solicite que se incorporen al expediente del siniestro los certificados de incapacidad polivalente resultantes de estos exámenes periciales.

En Belzuz Advogados contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en el seguimiento de los procesos de realización de “juntas médicas”, especialmente con vistas a la activación de los contratos de seguros de vida.

Dada la situación actual y los graves perjuicios que la suspensión de las “juntas médicas” ha creado en la sociedad portuguesa, el Gobierno se prepara para modificar la legislación vigente y simplificar así la realización de los exámenes y, en consecuencia, la emisión de estos informes periciales. De hecho, se ha informado en los medios de comunicación de que se modificará la norma sobre la preparación de los tribunales médicos y que a partir de marzo habrá nuevas reglas para la composición y realización de estos exámenes.

Así, el Gobierno propone aumentar el número de “juntas médicas” existentes en el país de 78 a 104. Además, también se modificará la composición de las “juntas médicas”, que estarán integradas por profesionales sanitarios de diversas especialidades y no sólo de la sanidad pública. Esto facilitará la realización de los exámenes y, por tanto, aumentará el número absoluto de profesionales sanitarios que pueden formar parte de estos consejos médicos.

La propuesta legislativa del gobierno también prevé que determinados pacientes puedan tener un certificado provisional de discapacidad, o sea, un “atestado de incapacidades multiusos provisório” sin necesidad de acudir a un examen. Algunos ejemplos de estos pacientes serán los enfermos de cáncer, los pacientes con ceguera, los pacientes con enfermedades neurológicas degenerativas o con problemas de movilidad.

En conclusión, tras los cambios en las normas de constitución y preparación de los consejos médicos, es de suponer que volverán a llevarse a cabo las “juntas médicas” (los llamados “equipos de valoración de incapacidades” en España) y, de esta forma, se salvaguardarán los derechos de los ciudadanos que los necesiten.

 Ricardo Meireles Vieira Ricardo Meireles Vieira 

Departamento Direito da Saúde | Portugal

 

Belzuz Abogados SLP

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