Martes, 03 Diciembre 2024

Residente no habitual. ¿Y ahora?

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El Estatuto de Residente No Habitual (RNH) es un régimen fiscal que ofrece un tratamiento más favorable para quienes se beneficien de él. Busca reducir la tributación (para los ingresos de fuente portuguesa) o eximir del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRS) los ingresos de fuente extranjera (si están gravados o sujetos a tributación en el extranjero). Este régimen abarca diversas categorías de ingresos (A - trabajo dependiente; B - trabajo independiente; H - pensiones; E - ingresos de capital; F - ingresos inmobiliarios; G - ganancias de capital) durante un período de 10 años.

Para beneficiarse de este régimen, los contribuyentes deben convertirse en residentes fiscales en Portugal, siempre que no lo hayan sido en los cinco años anteriores a la inscripción. Por ejemplo, alguien que se convierta en residente fiscal en 2022 no debe haberlo sido en 2017, 2018, 2019, 2020 ni 2021.

Se considera residente fiscal en Portugal (artículo 16(1) del CIRS) a quien:

• Haya permanecido en territorio portugués más de 183 días, consecutivos o alternos, en un período de 12 meses que comience o termine en el año en cuestión; o

• Aunque haya permanecido menos de 183 días, tenga una vivienda en condiciones de ser utilizada como residencia habitual.

Uno de los principales objetivos de este régimen es atraer a profesionales cualificados en actividades de alta relevancia y a jubilados que perciban pensiones del extranjero.

El régimen fiscal del RNH fue inicialmente establecido por el Código Fiscal de Inversiones (Decreto-Ley n.º 249/2009, de 23 de septiembre). Posteriormente, se modificaron artículos como el 16, 22, 72 y 81 del Código del IRS, complementados por la Orden n.º 12/2010, de 7 de enero, modificada por la Orden n.º 230/2019, de 23 de julio, que aprobó una nueva tabla de actividades de Alto Valor Añadido (AVA) para los fines de los artículos 72(10) y 81(5) del Código del IRS.

El régimen, tal y como lo conocemos, fue derogado por la Ley del Presupuesto del Estado para 2024, con efectos a partir del 1 de enero de 2024 (artículo 317(b) de la Ley n.º 82/2023, de 29 de diciembre).

Esto plantea la pregunta: ¿qué sucede con quienes ya estaban beneficiándose de este régimen fiscal?

Detalles de la Norma Transitoria

La Ley que aprobó el Presupuesto del Estado para 2024, aunque derogó el régimen fiscal del Residente No Habitual a partir del 1 de enero de 2024, estableció una norma transitoria que permite que los beneficiarios actuales sigan disfrutando del régimen durante 10 años.

La cláusula (a) establece que quienes ya estén inscritos como RNH el 1 de enero de 2024 mantendrán el derecho a beneficiarse del régimen durante el período restante de 10 años:

“(a) A la fecha de entrada en vigor de la presente ley, quienes ya estén inscritos como residentes no habituales en el registro de contribuyentes de la AT mantendrán el derecho al régimen por el período señalado en los artículos 16(9–12) del Código del IRS.”

Por tanto, quienes se beneficiaban de este régimen fiscal mantienen el derecho a disfrutar del mismo mientras no se haya agotado el período de 10 años desde la fecha de su inscripción como residentes.

De hecho, este plazo se cuenta a partir de la fecha en que el contribuyente adquirió la condición de residente en territorio portugués y figura inscrito como RNH en el registro de contribuyentes de la Autoridad Tributaria.

¿Y después de 2024, aún es posible beneficiarse del régimen? Si es así, ¿en qué términos?

Cláusula b) del apartado 3 de la norma transitoria:

La norma transitoria, en la cláusula b) del apartado 3 del artículo 236 de la Ley, establece que los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2023, sean residentes fiscales en Portugal y no lo hayan sido en los 5 años anteriores (es decir, quienes se conviertan en residentes fiscales en Portugal en 2023 y no lo hayan sido en 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022) podrán inscribirse como residentes no habituales hasta el 31 de marzo de 2024 y disfrutar del régimen durante el período completo de 10 años.

La cláusula (c) del apartado 3 establece además:Los contribuyentes que se conviertan en residentes fiscales en Portugal antes del 31 de diciembre de 2024, sin haber sido residentes en los cinco años anteriores, y que puedan demostrar que en 2023 ya estaban planeando su traslado a Portugal, podrán solicitar el estatuto de RNH. Para ello, deberán presentar los siguientes documentos:

Contrato de trabajo, acuerdo de desplazamiento o promesa de empleo firmado antes del 31 de diciembre de 2023, para ejercer en territorio portugués;

Contrato de arrendamiento o de uso de un inmueble firmado antes del 10 de octubre de 2023;

Contrato de reserva o promesa de adquisición de un bien inmueble firmado antes del 10 de octubre de 2023;

Matrícula de los dependientes en una institución educativa portuguesa completada antes del 10 de octubre de 2023;

Visa o permiso de residencia válido al 31 de diciembre de 2023; o

Solicitud de visa o permiso de residencia iniciada ante las autoridades competentes antes del 31 de diciembre de 2023.

Para disfrutar del régimen RNH completo de 10 años, los contribuyentes deberán inscribirse ante la Autoridad Tributaria como RNH antes del 31 de marzo de 2025. En este caso, el primer año de beneficio será 2024, y el último, 2033.

Si la inscripción se realiza después del 31 de marzo de 2025, los contribuyentes podrán beneficiarse del régimen solo desde el año en que se inscriban, por el período restante. Por ejemplo, un contribuyente que se convierta en residente fiscal en 2024, cumpla con todos los requisitos y se inscriba como RNH el 1 de mayo de 2025, disfrutará del régimen de 2025 a 2033, es decir, durante 9 años.

Conclusión:

Si cree que cumple con los requisitos para beneficiarse del régimen transitorio de Residente No Habitual, el Departamento de Derecho Fiscal de Belzuz Abogados, S.L.P. – Sucursal en Portugal está a su disposición para asesorarle y apoyarle. Podemos brindarle toda la información necesaria para garantizar la obtención de este beneficio fiscal, así como analizar sus ingresos para identificar oportunidades de optimización fiscal.

 

 Marta Fernandes TeiasMarta Teias 

Departamento Derecho Fiscal y Tributario | Lisboa (Portugal)

 

Belzuz Abogados SLP

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