Viernes, 21 Enero 2022

En 2022, ¿Cómo pagar los impuestos a plazos en Portugal? ¡Lo explicamos!

VolverAnte la emergencia de salud pública de alcance internacional provocada por la pandemia de COVID-19, el Gobierno portugués ha aprobado varias medidas excepcionales para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto declarativas como de pago, así como para apoyar a las familias y a las empresas, con el fin de paliar los efectos de la pandemia.

En este sentido, el Decreto-Ley 125/2021, de 30 de diciembre, modificado por la Orden 10/202-XXII, aprueba un nuevo régimen de fraccionamiento de los tributos antes del inicio del procedimiento de ejecución tributaria y aprueba la modificación del régimen de fraccionamiento de los tributos en el procedimiento de ejecución tributaria.

Desde luego, para la mayoría de los impuestos gestionados por la Autoridad Tributaria portuguesa, se creará una verdadera fase preejecutiva, entre el fin del plazo para el cumplimiento voluntario de la obligación de pago y el inicio del procedimiento de ejecución tributaria, permitiendo a los contribuyentes que quieran cumplir y no puedan hacerlo de una vez, pagar su obligación sin el estigma de tener un procedimiento de ejecución pendiente.

Además, se aprueban dos medidas extraordinarias y transitorias derivadas de los efectos del contexto pandémico. Por un lado, la ampliación del número máximo de plazos de 36 a 60, con independencia de la cuantía adeudada, para todos los contribuyentes con notorias dificultades económicas, en procedimientos de ejecución tributaria iniciados en 2022 y en procedimientos de ejecución tributaria en curso -que también podrán solicitar la misma opción, reestructurando el plan de fraccionamiento hasta un límite de cinco años.

Por otro lado, se aprueba la renovación de la posibilidad de adherirse a planes de pago fraccionado del Impuesto sobre el Valor Añadido ("IVA") y de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ("IRS") y del Impuesto sobre Sociedades ("IRC") en el primer semestre de 2022.

Por considerarlo de mayor relevancia, detallamos en las tablas siguientes el régimen aplicable a los planes de pago fraccionado del IVA y de las retenciones en origen del IRS y del IRC.

 

IVA
Régimen de IVA trimestral
Plazo de pago impuesto Requisitos para adherirse al plan de pago a plazos Plazo para adherirse al plan de pago a plazos Plazo para el pago a plazos
- 4.º trimestre de 2021: 25 de febrero de 2022; - El importe total del IVA a pagar debe ser de al menos € 75,00 o € 150,00, según decida fraccionar el pago en 3 o 6 plazos; - Hasta el vencimiento del plazo de pago del impuesto, sin obligación de prestar garantía. - Primera prestación: 25 de febrero y 25 de mayo (respectivamente);
- 1.º trimestre de 2022: 25 de mayo de 2022; - Todos los contribuyentes sujetos al régimen trimestral del IVA; - Las prestaciones restantes: hasta el día 25 de cada mes o hasta el siguiente día hábil.
- 3 o 6 prestaciones mensuales, de valor igual o superior a € 25,00, sin intereses ni penalizaciones. - Contribuyentes con sus obligaciones fiscales y de seguridad social en regla.
Régimen de IVA mensual
Plazo de pago impuesto Requisitos para adherirse al plan de pago a plazos Plazo para adherirse al plan de pago a plazos Plazo para el pago a plazos
- Noviembre del 2021: 25 de enero de 2022; - El importe total del IVA a pagar debe ser de al menos € 75,00 o € 150,00, según decida fraccionar el pago en 3 o 6 plazos; - Hasta el vencimiento del plazo de pago del impuesto, sin obligación de prestar garantía. - Primera prestación: 25 de enero, 25 de febrero y 25 de marzo hasta 27 de junio (respectivamente);
- Diciembre del 2021: 25 de febrero de 2022; - Contribuyentes que hayan obtenido un volumen de negocio de hasta € 50.000.000,00 en 2020; O
- Contribuyentes que tienen una actividad principal bajo la clasificación de actividad económica de alojamiento, restaurantes y similares, o de cultura; O - Las prestaciones restantes: hasta el día 25 de cada mes o hasta el siguiente día hábil.
- Enero de 2022: del 25 de marzo al 27 de junio de 2022. - Contribuyentes que hayan iniciado o reiniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2021;
- Contribuyentes con sus obligaciones fiscales y de seguridad social en regla.

 

Retenciones en Origen - IRS y IRC

Diciembre de 2021

Plazo de pago impuesto

Requisitos para adherirse al plan de pago a plazos

Plazo para adherirse al plan de pago a plazos

Plazo para el pago a plazos

- 20 de Enero de 2022.

- El importe total de las retenciones a pagar debe ser de al menos € 75,00 o € 150,00, dependiendo de si elige pagar en 3 o 6 plazos;

- Hasta el vencimiento del plazo de pago del impuesto, sin obligación de prestar garantía.

- Primera prestación: 20 de Enero;

- 3 o 6 prestaciones mensuales, de valor igual o superior a € 25,00, sin intereses ni penalizaciones.

- Contribuyentes del régimen mensual que hayan obtenido un volumen de negocio de hasta € 50.000.000 en 2020; O

- Las prestaciones restantes: hasta el día 25 de cada mes o hasta el siguiente día hábil.

- Contribuyentes que tienen una actividad principal bajo la clasificación de actividad económica de alojamiento, restaurantes y similares, o de cultura; O

- Contribuyentes que hayan iniciado o reiniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2021;

- Contribuyentes con sus obligaciones fiscales y de seguridad social en regla.

Enero a Mayo de 2022

Plazo de pago impuesto

Requisitos para adherirse al plan de pago a plazos

Plazo para adherirse al plan de pago a plazos

Plazo para el pago a plazos

- 21 de febrero de 2022;

- 21 de marzo de 2022;

- 20 de abril de 2022;

- 20 de junio de 2022

- El importe total de las retenciones a pagar debe ser de al menos € 75,00 o € 150,00, dependiendo de si elige pagar en 3 o 6 plazos;

- Hasta el vencimiento del plazo de pago del impuesto, sin obligación de prestar garantía.

- Primera prestación: 21 de febrero, 21 de marzo, 20 de abril, 20 de mayo y 20 de junio (respectivamente);

- Contribuyentes del régimen mensual que hayan obtenido un volumen de negocio de hasta € 50.000.000 en 2020; O

- Contribuyentes que tienen una actividad principal bajo la clasificación de actividad económica de alojamiento, restaurantes y similares, o de cultura; O

- Las prestaciones restantes: hasta el día 20 de cada mes o hasta el siguiente día hábil.

- 3 o 6 prestaciones mensuales, de valor igual o superior a € 25,00, sin intereses ni penalizaciones.

- Contribuyentes que hayan iniciado o reiniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2021;

- Contribuyentes con sus obligaciones fiscales y de seguridad social en regla.

Departamento Derecho Fiscal y Tributario | Lisboa (Portugal)

 

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